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martes, 20 de junio de 2017

SOBRE EL TEMA INCUMBENCIAS

Expresiones del consejero docente Aldo Mangiaterra en la sesión de Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas, Ingeniería y Agrimensura del día 17 de mayo de 2002

En cuanto al tratamiento del tema, creo que esta sesión resulta totalmente atípica; para decirlo con absoluta franqueza preferiría que una convocatoria de tal tipo se tuviera para tratar la grave situación que atraviesa hoy la Universidad.
Entiendo y respeto la preocupación, el interés de todos los que están aquí presentes pero creo que este tema llega al Consejo de un modo un tanto forzado. Creo que se trata de un tema relativamente simple, propio, específico de la actividad del Consejo Directivo y de la Facultad: opinar sobre las incumbencias, y habría que explicar o explicarse entonces de alguna manera por qué sin embargo un tema de estas características concita una reunión de este tipo con barras, aplausos y demás.
En primer lugar, y para hablar con franqueza, este tema llega desde afuera de la Facultad, este es un tema que lamentablemente fuerza a la Facultad a discutirlo en estas condiciones.

Hay una historia; en el año 1960, producto de circunstancias que fueron características de todo el país, de modernización, desarrollo, etc., en la Ingeniería  se acentuó una tendencia diferente a otras carreras. En Medicina y Derecho mantuvieron un título único y pasaron a producir especializaciones  a partir de los posgrados.- En Ingeniería la tendencia fue otra, la de canalizar las especializaciones a través de títulos diferentes y como parte de un proceso natural que afectó a todas las Universidades nacionales, en esta Facultad se produjo una diversificación de carreras, creándose la de Ing. Electrónica o la de Ing. Geógrafo, por ejemplo, y se buscó separar las incumbencias para evitar precisamente situaciones de este tipo.
Este problema que  hoy aparece acá (el de las incumbencias sobre mensuras), en el año 1964 dió lugar a una resolución por acuerdo del Consejo de Ingenieros (en aquel momento único ente de control de la matrícula para arquitectura, ingeniería y agrimensura), acuerdo hecho bajo el Decanato del Ing. Civil Garibay y bajo el Rectorado del Ing. Civil Cortés Pla, el cual funcionó sin crear problemas durante 32 años.
Durante 32 años no hubo ninguna reunión de este tipo, durante 32 años este problema en esta Facultad no estuvo en discusión….¿Qué pasó entonces?   Cuando digo 32 años hablo del año 64 al año 96….El problema ¿cómo aparece? En el año 96 cuando al tratarse en el Consejo directivo el plan de estudios de Ing. Civil, sorpresivamente aparece un punto 19 : “realizar unificación y subdivisión de lotes  urbanos  y rurales” Qué es lo que se discute acá? Creo que aquí han sido puestas en discusión básicamente un par de cosas: una el alcance o algunos alcances del título de los Ingenieros civiles y otra, una cuestión un poco más general   que es  el de las incumbencias.
Con respecto a la primera de las cuestiones el de las incumbencias específicas de Ing. civil, me remito al  proyecto de la Escuela de Ing. Civil del año 96, que precisamente exime de discutir qué comprende o qué no comprende trabajos topográficos y geodésicos. Eso ya fue interpretado y  está documentado por la escuela de Ing. Civil, cuando al presentar su proyecto pone en un punto la “realización de estudios  topográficos y geodésicos”… y en otro punto aparte, separado, con otro número “realizar unificación y subdivisión de lotes urbanos y rurales”. Es decir  que taxativamente está explícito que una cosa no comprendía la otra; una cosa fue aprobada por el Consejo Directivo, la otra cosa no fue aprobada y se sometió a discusión. Por lo tanto lo que queda en discusión no es qué quiere decir “trabajos topográficos  y geodésicos”… lo que queda en discusión es si la “subdivisión y unificación de lotes urbanos y rurales”, que obviamente en este país quiere decir mensura, está incluída o no de acuerdo a la enseñanza que se brinda.en la carrera de Ing. Civil.
Si se va a esa cuestión específica, he escuchado opiniones, y las he escuchado de alumnos de la carrera de Ing. Civil, en el sentido de que la agrimensura (o la mensura) forma parte de la topografía. La única apoyatura que escuché para eso es la de alguna bibliografía española  en la cual, como todos saben, las palabras tienen…muchas de ellas, un significado relativamente distinto ó muy distinto del que se le da aquí…. Y pido que nadie me obligue a decir una grosería para ejemplificar que hay palabras de uso corriente en un sentido en España que aquí tienen una acepción total y absolutamente distinta.
En España, el que lea un poco la bibliografía, sabe que agrimensura se utiliza en el sentido literal del término, medir campos, y en el libro que en algún momento está citado, el de Domínguez García Tejero, éste explicita que agrimensura es parte de la topografía porque dice que agrimensura es medir fincas rústicas, sin utilización de aparatos de precisión, sin efectuar planos y donde se trata de ángulos rectos.- Si eso es lo que se entiende por agrimensura, se podría incluirlo en las incumbencias de la carrera de Ing. Civil porque creo que en ese sentido efectivamente capacita, pero el sentido que tiene en nuestro país es otro…
Cuando algún estudiante de Ing. Civil, cuyo opinión aprecio y respeto, dice que ve cercenados sus derechos, creo que tendría que repasar la información que le han dado. Fíjense si no las incumbencias que en el folleto de ingreso a la Facultad se entrega y que acá se ha mencionado. En el de la carrera de Ing. Agrimensor figura explícitamente la mensura y en el de Ing. Civil no figura…¿es eso un error?¿ Una omisión?
Es posible que ese estudiante que se queja y que cree violados sus derechos, haya sido confundido por alguien que, indebidamente, le dijo que lo de trabajos topográficos y geodésicos incluía la realización de mensuras.
El tema de fondo es si existen, más allá de las discrepancias que tengo con la Ley de Educación Superior, los contenidos, las prácticas y la carga horaria en la carrera de Ing. Civil para justificar tal incumbencia. No leí el listado de los trabajos finales de la carrera de Ing. Civil, pero invito y desafío a que alguien traiga alguno en el cual esté desarrollado el tema mensura. Le he preguntado a los alumnos cuántas prácticas realizan pero nunca se dijo. Hay una materia,  Economía y Legislación, que tiene 4 horas sobre el tema, pero cuatro horas en toda la carrera… y no me parece mal, me parece bien que hayan incluído 4 horas en la carrera para dar una información, porque el Ing. civil tiene que tener la infomación de qué es una mensura, como en otras carreras se dan informaciones sobre  tareas que no son de la propia carrera, sino que son de otras pero tienen algún grado de relación en su utilización.
La cuestión entonces no puede resolverse con una autoafirmación diciendo : “se dan los conocimientos”, es necesario, como siempre, demostrar que se dan los conocimientos; la carga de la prueba la tiene en este caso quien solicita el reconocimiento.
No se puede pretender que por haber una materia cuatrimestral, Topografía, se estén dando los conocimientos. No quiero ser peyorativo, pero en la Escuela de Paisajismo hay una materia cuatrimestral Topografía…. Se enseña Topografía en Ingeniería Agronómica, también se enseña en Ing. en Minas y se enseña también en la mayoría de las Facultades de Arquitectura… ¿Eso qué quiere decir? ¿Que el dictar una materia afín basta para brindar incumbencias en un campo específico profesional que requiere un saber, un conjunto de conocimientos  que lo deben respaldar?.
En algunas respuestas que llegan de Ing. Civil, se plantea que la cuestión no se puede reducir a una materia, que se necesita un complejo de materias; estamos de acuerdo, pero en este caso particular, no sólo no hay un complejo de materias, hay tan solo una materia en la cual se informan algunos aspectos parciales en unas pocas horas.
Por último sobre el tema incumbencias: al principio me referí al año 1964, cuando fueron aprobados por el Consejo Superior de la U.N. del Litoral (a la que por aquel entonces pertenecía esta Facultad), los nuevos planes de Ingeniería.- En ese mismo año, el Rector de la U.N. de Bs. As., Ing. Civil Hilario Fernández Long, de reconocida trayectoria en varios campos, en el académico, en el profesional y en el social, decía estas palabras: “Llegó un momento en que  se pensó que el Ing. Civil era un ingeniero enciclopedista que sabía hacer cualquier cosa. Desde hace algunos años existe la preocupación de volver a definir con precisión el campo de la ingeniería civil y restituir a sus especialistas el entusiasmo que confiere un campo de tareas y objetivos claramente delimitados. Incluiremos entre las tareas del ingeniero civil al estudio, el proyecto y construcción de puertos, vías de comunicación, obras hidráulicas, edificios, etc. Y dejaremos claramente excluídos los trabajos topográficos y geodésicos que no estén asociados directamente a sistemas de construcción. Ahora bien si se tiene en cuenta que la Agrimensura comprende además de estas tareas técnicas, de por sí ajenas a la Ingeniería Civil, otras de carácter jurídico y económico, entonces ya no quedará ningún rastro de aproximación entre ambas profesiones y a nadie se le volverá a ocurrir que el agrimensor es un ingeniero civil incompleto o ligeramente orientado hacia otras actividades”.
Creo que esto aclara la cuestión; en el planteo de la escuela de Ing. Civil sobre incumbencias aparece la sombra de esto que critica Fernández Long:  el Ing. Civil está capacitado  para hacer todo.

En la nota elevada por el Consejo Asesor de Ing. Civil se plantea que no hay que fijar límites en las incumbencias, es decir el trasfondo de esa nota es que debe ser el mercado quien tiene que gobernar  el ejercicio de las profesiones, y esa es una vieja cuestión que  lamento muchísimo que haya salido firmada por el Consejo Asesor de la escuela de Ing. civil y por colegas docentes de esta Facultad, porque existe una larga trayectoria que excede total y absolutamente el tema ya de las incumbencias de Ing. Civil o el interés de los profesionales de la Agrimensura, que va muchísimo más allá; existe una larga lucha por hacer que los poderes estatales y los poderes económicos tengan que respetar de alguna manera, a través de reconocimientos explícitos y de honorarios profesionales, el esfuerzo, la validez y la calidad del trabajo que significa el profesional universitario.- El renunciar a esta cuestión, el renunciar a pelear por ese reconocimiento, el atribuirle facultades al respecto a un burócrata de un ministerio de educación o que deba ser librado a las leyes del mercado, creo que significaría un notable y grave retroceso en cuanto al tema que nos atañe en este momento.

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